Estimados todos:
El día de hoy, se publicó en el #DOF, el DECRETO Promulgatorio del Acuerdo de Coproducción Cinematográfica entre el Gobierno de los Estados Unidos Mexicanos y el Gobierno de la República Italiana, hecho en Roma, Italia, el diecisiete de octubre de dos mil diecisiete. El texto completo lo pueden encontrar aquí 👉 http://dof.gob.mx/nota_detalle.php?codigo=5642685&fecha=14/02/2022
El objetivo del mismo es: “proveer el marco jurídico conforme al cual las Partes podrán cooperar en el desarrollo de coproducciones cinematográficas”.
Es interesante revisar el texto completo porque se prevén disposiciones que llaman mucho la atención como: el lugar de las filmaciones; la copropiedad de las producciones; y los títulos que deberán de apreciarse en la pantalla, entre otros.
En una época en la que el contenido es muy relevante, esperamos que al amparo de este Acuerdo se produzcan obras cinematográficas y/o audiovisuales de calidad y riqueza para ambas naciones.
A este respecto, conviene señalar que conforme a la Ley Federal del Derecho de Autor, las obras audiovisuales están protegidas como un tipo o especie de obras literarias y artísticas (art. 13, fracción IX) y son definidas como: “aquellas que son expresadas mediante una serie de imágenes asociadas, con o sin sonorización incorporada, que se hacen perceptibles, mediante dispositivos técnicos, produciendo la sensación de movimiento”.
En la obra audiovisual pueden intervenir, entre otros: el director realizador; los autores del argumento, adaptación, guión o diálogo; los autores de las composiciones musicales; el fotógrafo, y los autores de las caricaturas y de los dibujos animados. Por ello es importante documentar las relaciones entre éstos y la persona que vaya a fungir como su productora así como la contribución que cada persona hará para poder estipular claramente quién será el titular de la misma, pues, salvo prueba en contrario, se considera al productor como el titular de los derechos patrimoniales de la obra en su conjunto.
Si están interesados en proteger una obra audiovisual, no duden en contactarnos, los podemos ayudar.
Atentamente,
R1OS Abogados