Cuatro cosas que usted no sabía sobre la Ley de Derechos de Autor

Los Derechos de Autor constituyen una de las dos partes en que se clasifica la Propiedad Intelectual (la otra parte está conformada por los Derechos de Propiedad Industrial) y están protegidos por un marco legal sobre el cual suelen plantearse innumerables dudas, sobre todo en los tiempos actuales, en que la feroz competencia hace que los plagios o fraudes en esta materia sean moneda corriente.
Frecuentemente el ciudadano común intenta proteger nombres mediante la Ley de Derechos de Autor, pero esta ley no protege nombres, ni siquiera los nombres de dominio en Internet. Para esto existe, por ejemplo, la Internet Corporation for Assigned Names and Numbers (ICANN), entidad sin fines de lucro que es responsable de administrar el sistema de nombres de dominios y la designación de dominios mediante registros acreditados. En algunos casos, los nombres pueden ser protegidos como marcas comerciales, por lo que hay que acudir a la Oficina de Patentes y Marcas.
Muchos escritores o artistas efectúan consultas respecto a si sus obras solo pueden acceder a la protección de la Ley de Derechos de Autor si han sido publicadas. En tal sentido, la legislación es clara respecto a que no es precisa la publicación de una obra para ampararla bajo la normativa de los Derechos de Autor.
Lo que innumerables creativos desconocen es que cualquier persona, sin importar su nacionalidad, puede registrar sus obras en Estados Unidos. Esto incluye obras sin publicar, las que sean publicadas por primera vez en Estados Unidos o en un país con el cual esta nación tenga un tratado de Derechos de Autor, así como las obras creadas por un ciudadano de un país con el que Estados Unidos tenga firmado ese tratado. Esas obras también estarán protegidas mediante su registro en la Oficina del Derecho de Autor de Estados Unidos.
Por otra parte, inventores jóvenes o adolescentes que han incursionado en áreas de desarrollo e innovación pueden reclamar Derecho de Autor, aunque no puedan acceder a otros permisos legales. En tal sentido, la Oficina del derecho de Autor de Estados Unidos emite registros a menores de edad. Pero ello no se impone a lo dispuesto por leyes estatales que puedan regular todo tipo de transacciones referidas a Derechos de Autor en sus correspondientes países, sobre todo cuando se trata de creadores menores de edad.
Para obtener la información pertinente en este sentido, así como otros detalles necesarios para lograr la tranquilidad y seguridad individual respecto a los Derechos de Autor, es conveniente consultar con profesionales en el tema, vale decir abogados especializados que puedan aclarar este tipo de consultas y resolver los problemas que puedan presentarse, tales como el equipo de Ríos Abogados.