Periodo vacacional de la Procuraduría Federal del Consumidor, correspondiente al segundo semestre del 2020

Por este medio hacemos de su conocimiento que mediante acuerdo publicado en el Diario Oficial de la Federación con fecha 23 de noviembre del año en curso, el Procurador Federal del Consumidor, Francisco Ricardo Sheffield Padilla, dio a conocer los días que se considerarán inhábiles con motivo del periodo vacacional correspondiente al según semestre del año 2020.

Lo anterior conforme a lo establecido en el artículo 28 de la Ley Federal de Procedimiento Administrativo, el cual establece que las actuaciones y diligencias administrativas se practicarán en días y horas hábiles, indicando que no se considerarán hábiles, entre otros, los días en que tengan vacaciones generales las autoridades competentes.

El periodo vacacional referido en los párrafos que anteceden, comprenderá desde el día 21 de diciembre de 2020 al 5 de enero de 2021.

Asimismo, en el mencionado acuerdo se indica que el periodo referido anteriormente no aplicará en lo relativo a las órdenes, ejecución y conclusión de las visitas de verificación a cargo de las unidades administrativas competentes de la Procuraduría, así como tampoco a lo referente a la recepción de las quejas en el procedimiento de conciliación por parte de las unidades correspondientes de la mencionada autoridad.

Dicho acuerdo entrará en vigor el día 24 de noviembre de 2020 y puede ser consultado a través de la siguiente dirección electrónica: https://www.dof.gob.mx/nota_detalle.php?codigo=5605529&fecha=23/11/2020

Sin más por el momento, quedamos atentos a cualquier duda o comentario que puedan tener al respecto.

Quedamos a sus órdenes.

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